Subvenciones y Ayudas para Administraciones

Abierto el plazo para las ayudas del IASS a la apertura de Centros y Servicios de Día de atención a la infancia en Tenerife (2026)

Abierto el plazo para las ayudas del IASS a la apertura de Centros y Servicios de Día de atención a la infancia en Tenerife (2026)

Abierto el plazo para las ayudas del IASS a la apertura de Centros y Servicios de Día de atención a la infancia en Tenerife (2026)

14 sept 2026

14 sept 2026

14 sept 2026

A classroom filled with lots of desks and chairs

El Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (BOP nº 110, de 14 de septiembre de 2026) publica el extracto del Decreto D0000009465, de 31 de agosto de 2026, de la Presidencia del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS), por el que se convocan las subvenciones destinadas al apoyo de los gastos de apertura de los Centros y Servicios de Día de Atención a la Infancia de titularidad municipal de la isla de Tenerife para el ejercicio 2026, con BDNS 928686.

Con esta publicación se abre oficialmente el plazo de presentación de solicitudes. Las bases reguladoras fueron publicadas íntegramente en el BOP nº 108, de 9 de septiembre de 2026.

Lo Más Importante

  • Entidad responsable: Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS) — Servicio Administrativo de Infancia y Familia.

  • Cuantía total: 100.000,00 € (aplicación presupuestaria 2026.2B.231.462).

  • Máximo por entidad: 50.000 €.

  • Beneficiarios: ayuntamientos de Tenerife y sus organismos públicos dependientes.

  • Régimen: concurrencia no competitiva, por orden de entrada, con prioridad para municipios de menos de 20.000 habitantes.

  • Plazo: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto — hasta el 13 de octubre de 2026.

Objeto de la convocatoria

Las ayudas cofinancian la apertura y puesta en marcha de Centros y Servicios de Día de atención a la infancia de titularidad municipal: recursos comunitarios que atienden a menores fuera del horario escolar y apoyan a sus familias en el ejercicio de las tareas parentales.

Conforme al Decreto 57/2023, son espacios educativos integrales de prevención y apoyo a la parentalidad positiva, orientados a reducir los factores de vulnerabilidad, promover los factores de protección —atención escolar, pedagógica, psicológica y logopédica, competencias básicas y trabajo en red— y aumentar los factores de resiliencia mediante acompañamiento e intervención personalizada.

No son subvencionables los proyectos derivados de escuelas infantiles, ludotecas, centros y parques de ocio infantil, eventos puntuales de animación, actividades extraescolares, servicios de acogida temprana, programas exclusivamente de refuerzo escolar ni casas de juventud dirigidas solo a mayores de 12 años.

Quién puede solicitarla

Los ayuntamientos de la isla de Tenerife y sus organismos públicos dependientes que quieran abrir un Centro o Servicio de Día de atención a la infancia, siempre que el municipio no disponga de ningún recurso de esta naturaleza de titularidad municipal en la fecha de publicación de las bases, ni lo haya tenido en los doce meses anteriores.

Quedan también excluidos los municipios que cuenten en su término con Servicios de Día de titularidad privada subvencionados por el IASS para el mantenimiento de su actividad en 2026.

Solo se admite una solicitud por ayuntamiento u organismo público dependiente: si la presenta el ayuntamiento, queda excluida la de su organismo, y viceversa.

Requisitos del recurso

  • Personal: una persona con funciones de dirección o coordinación y un equipo que incluya, como mínimo, educador/a social y animador/a, conforme al Decreto 40/2000.

  • Población destinataria: menores de entre 6 y 16 años como mínimo, con un máximo de 40 niños y niñas atendidos simultáneamente.

  • Servicios mínimos: manutención de día (al menos merienda y/o cena), promoción de la autonomía personal y educación en la convivencia, tutoría social de proximidad, apoyo educativo y prevención del absentismo, promoción de la salud y formación para familias.

Compromisos: mantener el recurso en funcionamiento un mínimo de doce meses, disponer previamente de un Proyecto Socioeducativo de Centro (artículo 51 del Decreto 40/2000), tramitar ante el Gobierno de Canarias la autorización de entrada en funcionamiento y aportar con fondos propios al menos el 5% de los gastos de apertura.

Gastos subvencionables

Son subvencionables los gastos corrientes directamente vinculados con la apertura, puesta en funcionamiento y mantenimiento del recurso: personal (sueldos y cotizaciones), bienes no inventariables y material fungible, alquiler del inmueble, suministros de agua, electricidad y telefonía, contratación de una entidad especializada para la gestión del servicio y actividades de ocio vinculadas al centro.

En ningún caso son subvencionables los gastos de material o equipamiento inventariable. Los gastos deben realizarse en un plazo máximo de 12 meses desde el inicio del proyecto, que a su vez no puede demorarse más de 6 meses desde el abono de la subvención.

Solicitud y tramitación

Las solicitudes se formalizan digitalmente mediante el formulario oficial del IASS, firmadas por el solicitante o su representante, e incluyen la descripción del proyecto y el presupuesto de ingresos y gastos desglosado por conceptos. Se dirigen a la Presidencia del IASS y se presentan por su Registro Electrónico o por los registros del artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Documentación del Anexo I: impreso de solicitud cumplimentado y firmado, presupuesto de gastos detallado con sus fuentes de financiación, y DNI del representante con certificado de Secretaría acreditando su representación.

La presentación de la solicitud autoriza al IASS a consultar telemáticamente los datos de identidad, inhabilitaciones, concesiones de ayudas y estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Cabildo, salvo que se marque la casilla de oposición expresa.

Un recurso preventivo para los municipios que aún no lo tienen

La convocatoria está pensada para cubrir vacíos del mapa insular: solo pueden acceder los municipios sin Centro o Servicio de Día municipal, con prioridad para los de menor población y adjudicación por riguroso orden de entrada. Con 100.000 € de crédito y un techo de 50.000 € por entidad, el margen es estrecho y el procedimiento finaliza en cuanto se agote el crédito, por lo que presentar pronto y con la documentación completa es determinante.

Consulta adicional

Datos prácticos:

  • BDNS: 928686.

  • Cuantía total: 100.000,00 € (aplicación 2026.2B.231.462); máximo 50.000 € por entidad.

  • Plazo de solicitud: 20 días hábiles desde el 15 de septiembre de 2026; último día, 13 de octubre de 2026 (conviene confirmar el calendario de festivos locales aplicable).

  • Presentación: Registro Electrónico del IASS o registros del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, con el formulario oficial disponible en la web del IASS.

  • Documentación: impreso de solicitud, presupuesto de gastos detallado, DNI del representante y certificado de Secretaría.

  • Resolución: 3 meses desde el fin del plazo de presentación; silencio administrativo desestimatorio.

  • Abono: anticipado, sin exigencia de garantía.

  • Ejecución: 12 meses desde el inicio del proyecto, que debe comenzar dentro de los 6 meses siguientes al abono.

  • Justificación: un mes desde la finalización del período de ejecución.

  • Bases reguladoras: Decreto de la Presidencia del IASS D0000009465, de 31 de agosto de 2026 (BOP nº 108, de 9 de septiembre).

Desde OCIDE acompañamos a los ayuntamientos en la puesta en marcha de recursos de atención a la infancia y la adolescencia: elaboración del Proyecto Socioeducativo de Centro conforme al Decreto 40/2000, diseño del presupuesto de apertura y del plan de financiación, tramitación de la autorización ante el Gobierno de Canarias y preparación de la memoria justificativa con los indicadores de atención exigidos. Contacta con nosotros para más información.

Ver Máshttps://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928686

El Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (BOP nº 110, de 14 de septiembre de 2026) publica el extracto del Decreto D0000009465, de 31 de agosto de 2026, de la Presidencia del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS), por el que se convocan las subvenciones destinadas al apoyo de los gastos de apertura de los Centros y Servicios de Día de Atención a la Infancia de titularidad municipal de la isla de Tenerife para el ejercicio 2026, con BDNS 928686.

Con esta publicación se abre oficialmente el plazo de presentación de solicitudes. Las bases reguladoras fueron publicadas íntegramente en el BOP nº 108, de 9 de septiembre de 2026.

Lo Más Importante

  • Entidad responsable: Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS) — Servicio Administrativo de Infancia y Familia.

  • Cuantía total: 100.000,00 € (aplicación presupuestaria 2026.2B.231.462).

  • Máximo por entidad: 50.000 €.

  • Beneficiarios: ayuntamientos de Tenerife y sus organismos públicos dependientes.

  • Régimen: concurrencia no competitiva, por orden de entrada, con prioridad para municipios de menos de 20.000 habitantes.

  • Plazo: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto — hasta el 13 de octubre de 2026.

Objeto de la convocatoria

Las ayudas cofinancian la apertura y puesta en marcha de Centros y Servicios de Día de atención a la infancia de titularidad municipal: recursos comunitarios que atienden a menores fuera del horario escolar y apoyan a sus familias en el ejercicio de las tareas parentales.

Conforme al Decreto 57/2023, son espacios educativos integrales de prevención y apoyo a la parentalidad positiva, orientados a reducir los factores de vulnerabilidad, promover los factores de protección —atención escolar, pedagógica, psicológica y logopédica, competencias básicas y trabajo en red— y aumentar los factores de resiliencia mediante acompañamiento e intervención personalizada.

No son subvencionables los proyectos derivados de escuelas infantiles, ludotecas, centros y parques de ocio infantil, eventos puntuales de animación, actividades extraescolares, servicios de acogida temprana, programas exclusivamente de refuerzo escolar ni casas de juventud dirigidas solo a mayores de 12 años.

Quién puede solicitarla

Los ayuntamientos de la isla de Tenerife y sus organismos públicos dependientes que quieran abrir un Centro o Servicio de Día de atención a la infancia, siempre que el municipio no disponga de ningún recurso de esta naturaleza de titularidad municipal en la fecha de publicación de las bases, ni lo haya tenido en los doce meses anteriores.

Quedan también excluidos los municipios que cuenten en su término con Servicios de Día de titularidad privada subvencionados por el IASS para el mantenimiento de su actividad en 2026.

Solo se admite una solicitud por ayuntamiento u organismo público dependiente: si la presenta el ayuntamiento, queda excluida la de su organismo, y viceversa.

Requisitos del recurso

  • Personal: una persona con funciones de dirección o coordinación y un equipo que incluya, como mínimo, educador/a social y animador/a, conforme al Decreto 40/2000.

  • Población destinataria: menores de entre 6 y 16 años como mínimo, con un máximo de 40 niños y niñas atendidos simultáneamente.

  • Servicios mínimos: manutención de día (al menos merienda y/o cena), promoción de la autonomía personal y educación en la convivencia, tutoría social de proximidad, apoyo educativo y prevención del absentismo, promoción de la salud y formación para familias.

Compromisos: mantener el recurso en funcionamiento un mínimo de doce meses, disponer previamente de un Proyecto Socioeducativo de Centro (artículo 51 del Decreto 40/2000), tramitar ante el Gobierno de Canarias la autorización de entrada en funcionamiento y aportar con fondos propios al menos el 5% de los gastos de apertura.

Gastos subvencionables

Son subvencionables los gastos corrientes directamente vinculados con la apertura, puesta en funcionamiento y mantenimiento del recurso: personal (sueldos y cotizaciones), bienes no inventariables y material fungible, alquiler del inmueble, suministros de agua, electricidad y telefonía, contratación de una entidad especializada para la gestión del servicio y actividades de ocio vinculadas al centro.

En ningún caso son subvencionables los gastos de material o equipamiento inventariable. Los gastos deben realizarse en un plazo máximo de 12 meses desde el inicio del proyecto, que a su vez no puede demorarse más de 6 meses desde el abono de la subvención.

Solicitud y tramitación

Las solicitudes se formalizan digitalmente mediante el formulario oficial del IASS, firmadas por el solicitante o su representante, e incluyen la descripción del proyecto y el presupuesto de ingresos y gastos desglosado por conceptos. Se dirigen a la Presidencia del IASS y se presentan por su Registro Electrónico o por los registros del artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Documentación del Anexo I: impreso de solicitud cumplimentado y firmado, presupuesto de gastos detallado con sus fuentes de financiación, y DNI del representante con certificado de Secretaría acreditando su representación.

La presentación de la solicitud autoriza al IASS a consultar telemáticamente los datos de identidad, inhabilitaciones, concesiones de ayudas y estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Cabildo, salvo que se marque la casilla de oposición expresa.

Un recurso preventivo para los municipios que aún no lo tienen

La convocatoria está pensada para cubrir vacíos del mapa insular: solo pueden acceder los municipios sin Centro o Servicio de Día municipal, con prioridad para los de menor población y adjudicación por riguroso orden de entrada. Con 100.000 € de crédito y un techo de 50.000 € por entidad, el margen es estrecho y el procedimiento finaliza en cuanto se agote el crédito, por lo que presentar pronto y con la documentación completa es determinante.

Consulta adicional

Datos prácticos:

  • BDNS: 928686.

  • Cuantía total: 100.000,00 € (aplicación 2026.2B.231.462); máximo 50.000 € por entidad.

  • Plazo de solicitud: 20 días hábiles desde el 15 de septiembre de 2026; último día, 13 de octubre de 2026 (conviene confirmar el calendario de festivos locales aplicable).

  • Presentación: Registro Electrónico del IASS o registros del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, con el formulario oficial disponible en la web del IASS.

  • Documentación: impreso de solicitud, presupuesto de gastos detallado, DNI del representante y certificado de Secretaría.

  • Resolución: 3 meses desde el fin del plazo de presentación; silencio administrativo desestimatorio.

  • Abono: anticipado, sin exigencia de garantía.

  • Ejecución: 12 meses desde el inicio del proyecto, que debe comenzar dentro de los 6 meses siguientes al abono.

  • Justificación: un mes desde la finalización del período de ejecución.

  • Bases reguladoras: Decreto de la Presidencia del IASS D0000009465, de 31 de agosto de 2026 (BOP nº 108, de 9 de septiembre).

Desde OCIDE acompañamos a los ayuntamientos en la puesta en marcha de recursos de atención a la infancia y la adolescencia: elaboración del Proyecto Socioeducativo de Centro conforme al Decreto 40/2000, diseño del presupuesto de apertura y del plan de financiación, tramitación de la autorización ante el Gobierno de Canarias y preparación de la memoria justificativa con los indicadores de atención exigidos. Contacta con nosotros para más información.

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