Subvenciones y Ayudas para Administraciones

Canarias aprueba las bases de subvenciones para proyectos de inmigración e inclusión social (2026)

Canarias aprueba las bases de subvenciones para proyectos de inmigración e inclusión social (2026)

Canarias aprueba las bases de subvenciones para proyectos de inmigración e inclusión social (2026)

1 oct 2026

1 oct 2026

1 oct 2026

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El Boletín Oficial de Canarias (BOC nº 131, de 1 de julio de 2026) publica la Orden de 18 de junio de 2026, de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos en las áreas de inmigración e inclusión social para el ejercicio 2026, promovidas por la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (DGSSI).

Estas bases constituyen el marco normativo que regula la concesión de ayudas dirigidas a impulsar proyectos sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, estableciendo los requisitos, obligaciones, criterios de valoración y procedimientos que deberán seguir las entidades beneficiarias.

La publicación supone un paso importante para reforzar las políticas sociales en Canarias, orientadas a evitar y superar situaciones de vulnerabilidad y marginación social, y a favorecer la acogida, integración e inclusión de las personas migrantes y de los colectivos en riesgo de exclusión.

Lo Más Importante

  • Entidad responsable: Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias — Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (DGSSI).

  • Presupuesto total: 7.000.000,00 €.

  • Áreas de actuación:

    • Inmigración (1.250.000,00 €).

    • Inclusión social (5.750.000,00 €).

  • Régimen de concesión: concurrencia competitiva.

  • Plazo de solicitud: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOC.

  • Finalidad: financiar la puesta en marcha y el desarrollo de proyectos sociales en las áreas de inmigración e inclusión social.

¿Qué regulan estas bases?

Las bases establecen el conjunto de normas que deberán seguir las entidades para acceder a las subvenciones convocadas por la DGSSI en materia de inmigración e inclusión social.

Entre otros aspectos, regulan:

  • Las entidades que pueden ser beneficiarias.

  • Las actividades y proyectos subvencionables.

  • Los gastos subvencionables y no subvencionables.

  • Los criterios de baremación.

  • La documentación necesaria y los procedimientos de concesión.

  • Los sistemas de justificación económica y técnica.

  • Las obligaciones de las entidades beneficiarias.

Su finalidad es garantizar los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación en la gestión de los fondos públicos.

Área de Inmigración: acogida e integración

El área de inmigración subvenciona programas relacionados con la promoción, formación e inclusión de personas migrantes mayores de edad, solicitantes o beneficiarias de asilo, protección internacional o refugiadas, residentes en Canarias.

Entre las actuaciones que podrán desarrollarse se encuentran:

  • Mejora de los procesos de recepción y atención humanitaria a personas migrantes y solicitantes de asilo.

  • Fomento de la convivencia intercultural.

  • Programas de igualdad de trato y no discriminación.

  • Impulso de la participación social de personas migrantes y refugiadas.

  • Proyectos de promoción de la salud, la educación, la vivienda o el empleo.

  • Actuaciones específicas con mujeres migrantes.

  • Acciones formativas de aprendizaje y refuerzo del castellano.

El importe máximo por proyecto en esta área es de 60.000,00 €.

Impulso al Área de Inclusión Social

El área de inclusión social se dirige a personas en situación o riesgo de exclusión social como consecuencia de circunstancias de vulnerabilidad. Se estructura en tres líneas de actuación que no pueden entremezclarse:

  • Línea 2.1 — Programas de intervención para la inclusión social y atención a personas en situación de exclusión (máx. 90.000,00 € por proyecto).

  • Línea 2.2 — Planes integrales de inclusión social de intervención en la comunidad, exclusiva para corporaciones locales (máx. 100.000,00 € por proyecto).

  • Línea 2.3 — Intervención integral con personas sin hogar (máx. 90.000,00 € por proyecto).

En el área de inclusión social, el importe máximo por convocatoria y entidad no podrá superar los 180.000,00 €.

Entidades Beneficiarias

Podrán acogerse a estas subvenciones:

  • Administraciones Públicas (corporaciones locales, mancomunidades, cabildos y sus organismos autónomos, fundaciones y universidades públicas).

  • Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas cuyos fines estatutarios estén dirigidos al ámbito social.

Como requisitos previos, las entidades deberán estar inscritas en el registro correspondiente con una antigüedad mínima de un año, disponer de inscripción en el Registro Regional de Entidades Colaboradoras, acreditar sede o delegación en Canarias y estar dadas de alta como Terceros Acreedores en el sistema SEFLogic.

Criterios de Valoración

Los proyectos presentados se baremarán atendiendo, entre otros criterios, a:

  • Contenido y calidad técnica del programa (con un mínimo obligatorio de 4 puntos para no quedar excluido).

  • Ámbito territorial del programa.

  • Proyectos de continuidad.

  • Proyectos innovadores y buenas prácticas.

  • Aportación económica de la entidad u otras fuentes.

  • Existencia de planes de igualdad registrados y en vigor.

En todos los proyectos se valora especialmente la incorporación de la perspectiva de género y el enfoque interseccional.

Obligaciones de las Entidades Beneficiarias

Las entidades que resulten beneficiarias deberán:

  • Ejecutar las actuaciones aprobadas conforme al plan de financiación.

  • Llevar una contabilidad separada de la actividad subvencionada.

  • Justificar adecuadamente los gastos y conservar la documentación durante al menos cuatro años.

  • Cumplir los plazos de ejecución y justificación establecidos.

  • Adoptar las medidas de difusión y dar visibilidad a la financiación pública del Gobierno de Canarias.

  • Facilitar las labores de comprobación y control.

Una herramienta para reforzar la cohesión social en Canarias

La aprobación de estas bases y su convocatoria consolida la apuesta del Gobierno de Canarias por una respuesta pública ante la realidad social actual, reforzando la atención a la población más vulnerable y migrante del archipiélago.

A través de estos 7 millones de euros en ayudas, las entidades del tercer sector y las administraciones locales podrán impulsar proyectos que favorezcan la acogida e integración de las personas migrantes, la lucha contra la pobreza y la exclusión, y la atención a las personas sin hogar, contribuyendo a construir una Canarias más inclusiva y cohesionada.

Desde OCIDE colaboramos con entidades del tercer sector y administraciones públicas en el diseño, gestión, justificación y ejecución de proyectos en las áreas de inmigración e inclusión social, contribuyendo a transformar las políticas públicas en oportunidades reales para las personas y los territorios.

Consulta adicional

¿Quieres saber más? Puedes consultar el texto íntegro de la Orden y sus bases en el Boletín Oficial de Canarias (BOC nº 131, de 1 de julio de 2026):

https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2026/131/2290.html

Datos prácticos de la convocatoria:

  • Plazo de presentación: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOC.

  • Cuantía por proyecto: mínimo 8.000,00 €, con máximos según área y línea (60.000 € en inmigración; hasta 100.000 € en inclusión social, con un tope de 180.000 € por entidad en esa área).

  • Plazo máximo de resolución y notificación: seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes (silencio administrativo desestimatorio).

Desde OCIDE podemos ayudarte a valorar si tu entidad cumple los requisitos, preparar la memoria técnica y el plan de financiación, y gestionar la presentación en plazo. Contacta con nosotros para más información.

El Boletín Oficial de Canarias (BOC nº 131, de 1 de julio de 2026) publica la Orden de 18 de junio de 2026, de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos en las áreas de inmigración e inclusión social para el ejercicio 2026, promovidas por la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (DGSSI).

Estas bases constituyen el marco normativo que regula la concesión de ayudas dirigidas a impulsar proyectos sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, estableciendo los requisitos, obligaciones, criterios de valoración y procedimientos que deberán seguir las entidades beneficiarias.

La publicación supone un paso importante para reforzar las políticas sociales en Canarias, orientadas a evitar y superar situaciones de vulnerabilidad y marginación social, y a favorecer la acogida, integración e inclusión de las personas migrantes y de los colectivos en riesgo de exclusión.

Lo Más Importante

  • Entidad responsable: Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias — Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (DGSSI).

  • Presupuesto total: 7.000.000,00 €.

  • Áreas de actuación:

    • Inmigración (1.250.000,00 €).

    • Inclusión social (5.750.000,00 €).

  • Régimen de concesión: concurrencia competitiva.

  • Plazo de solicitud: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOC.

  • Finalidad: financiar la puesta en marcha y el desarrollo de proyectos sociales en las áreas de inmigración e inclusión social.

¿Qué regulan estas bases?

Las bases establecen el conjunto de normas que deberán seguir las entidades para acceder a las subvenciones convocadas por la DGSSI en materia de inmigración e inclusión social.

Entre otros aspectos, regulan:

  • Las entidades que pueden ser beneficiarias.

  • Las actividades y proyectos subvencionables.

  • Los gastos subvencionables y no subvencionables.

  • Los criterios de baremación.

  • La documentación necesaria y los procedimientos de concesión.

  • Los sistemas de justificación económica y técnica.

  • Las obligaciones de las entidades beneficiarias.

Su finalidad es garantizar los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación en la gestión de los fondos públicos.

Área de Inmigración: acogida e integración

El área de inmigración subvenciona programas relacionados con la promoción, formación e inclusión de personas migrantes mayores de edad, solicitantes o beneficiarias de asilo, protección internacional o refugiadas, residentes en Canarias.

Entre las actuaciones que podrán desarrollarse se encuentran:

  • Mejora de los procesos de recepción y atención humanitaria a personas migrantes y solicitantes de asilo.

  • Fomento de la convivencia intercultural.

  • Programas de igualdad de trato y no discriminación.

  • Impulso de la participación social de personas migrantes y refugiadas.

  • Proyectos de promoción de la salud, la educación, la vivienda o el empleo.

  • Actuaciones específicas con mujeres migrantes.

  • Acciones formativas de aprendizaje y refuerzo del castellano.

El importe máximo por proyecto en esta área es de 60.000,00 €.

Impulso al Área de Inclusión Social

El área de inclusión social se dirige a personas en situación o riesgo de exclusión social como consecuencia de circunstancias de vulnerabilidad. Se estructura en tres líneas de actuación que no pueden entremezclarse:

  • Línea 2.1 — Programas de intervención para la inclusión social y atención a personas en situación de exclusión (máx. 90.000,00 € por proyecto).

  • Línea 2.2 — Planes integrales de inclusión social de intervención en la comunidad, exclusiva para corporaciones locales (máx. 100.000,00 € por proyecto).

  • Línea 2.3 — Intervención integral con personas sin hogar (máx. 90.000,00 € por proyecto).

En el área de inclusión social, el importe máximo por convocatoria y entidad no podrá superar los 180.000,00 €.

Entidades Beneficiarias

Podrán acogerse a estas subvenciones:

  • Administraciones Públicas (corporaciones locales, mancomunidades, cabildos y sus organismos autónomos, fundaciones y universidades públicas).

  • Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas cuyos fines estatutarios estén dirigidos al ámbito social.

Como requisitos previos, las entidades deberán estar inscritas en el registro correspondiente con una antigüedad mínima de un año, disponer de inscripción en el Registro Regional de Entidades Colaboradoras, acreditar sede o delegación en Canarias y estar dadas de alta como Terceros Acreedores en el sistema SEFLogic.

Criterios de Valoración

Los proyectos presentados se baremarán atendiendo, entre otros criterios, a:

  • Contenido y calidad técnica del programa (con un mínimo obligatorio de 4 puntos para no quedar excluido).

  • Ámbito territorial del programa.

  • Proyectos de continuidad.

  • Proyectos innovadores y buenas prácticas.

  • Aportación económica de la entidad u otras fuentes.

  • Existencia de planes de igualdad registrados y en vigor.

En todos los proyectos se valora especialmente la incorporación de la perspectiva de género y el enfoque interseccional.

Obligaciones de las Entidades Beneficiarias

Las entidades que resulten beneficiarias deberán:

  • Ejecutar las actuaciones aprobadas conforme al plan de financiación.

  • Llevar una contabilidad separada de la actividad subvencionada.

  • Justificar adecuadamente los gastos y conservar la documentación durante al menos cuatro años.

  • Cumplir los plazos de ejecución y justificación establecidos.

  • Adoptar las medidas de difusión y dar visibilidad a la financiación pública del Gobierno de Canarias.

  • Facilitar las labores de comprobación y control.

Una herramienta para reforzar la cohesión social en Canarias

La aprobación de estas bases y su convocatoria consolida la apuesta del Gobierno de Canarias por una respuesta pública ante la realidad social actual, reforzando la atención a la población más vulnerable y migrante del archipiélago.

A través de estos 7 millones de euros en ayudas, las entidades del tercer sector y las administraciones locales podrán impulsar proyectos que favorezcan la acogida e integración de las personas migrantes, la lucha contra la pobreza y la exclusión, y la atención a las personas sin hogar, contribuyendo a construir una Canarias más inclusiva y cohesionada.

Desde OCIDE colaboramos con entidades del tercer sector y administraciones públicas en el diseño, gestión, justificación y ejecución de proyectos en las áreas de inmigración e inclusión social, contribuyendo a transformar las políticas públicas en oportunidades reales para las personas y los territorios.

Consulta adicional

¿Quieres saber más? Puedes consultar el texto íntegro de la Orden y sus bases en el Boletín Oficial de Canarias (BOC nº 131, de 1 de julio de 2026):

https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2026/131/2290.html

Datos prácticos de la convocatoria:

  • Plazo de presentación: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOC.

  • Cuantía por proyecto: mínimo 8.000,00 €, con máximos según área y línea (60.000 € en inmigración; hasta 100.000 € en inclusión social, con un tope de 180.000 € por entidad en esa área).

  • Plazo máximo de resolución y notificación: seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes (silencio administrativo desestimatorio).

Desde OCIDE podemos ayudarte a valorar si tu entidad cumple los requisitos, preparar la memoria técnica y el plan de financiación, y gestionar la presentación en plazo. Contacta con nosotros para más información.