Subvenciones y Ayudas para Administraciones

Canarias convoca las subvenciones a cabildos y ayuntamientos para la formación de su personal (AFEDAP 2026)

Canarias convoca las subvenciones a cabildos y ayuntamientos para la formación de su personal (AFEDAP 2026)

Canarias convoca las subvenciones a cabildos y ayuntamientos para la formación de su personal (AFEDAP 2026)

7 oct 2026

7 oct 2026

7 oct 2026

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El Boletín Oficial de Canarias (BOC nº 135, de 7 de julio de 2026) publica el extracto de la Resolución de 24 de junio de 2026, del Director del Instituto Canario de Administraciones Públicas (ICAP), por la que se convocan subvenciones a los cabildos, ayuntamientos y demás entidades locales, correspondientes al ejercicio 2026, para la formación de su personal y con sus medios propios, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP).

Esta convocatoria constituye el marco de ayudas dirigido a impulsar los planes unitarios de formación de los empleados públicos de las corporaciones locales, estableciendo los beneficiarios, el objeto de las actuaciones, la cuantía y los requisitos que deberán cumplir los solicitantes.

La publicación supone un paso importante para reforzar la cualificación del personal al servicio de las administraciones locales de Canarias, favoreciendo una gestión pública más profesional, eficaz y adaptada a las necesidades del territorio.

Lo Más Importante

  • Entidad responsable: Instituto Canario de Administraciones Públicas (ICAP) — Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.

  • Beneficiarios: Ayuntamientos y Cabildos de Canarias, como promotores de los planes de formación.

  • Cuantía total máxima: 410.413,73 €.

  • Marco de referencia: Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP).

  • Plazo de solicitud: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC.

  • Identificador BDNS: 915615.

¿Qué regula esta convocatoria?

El extracto establece las condiciones que deberán cumplir las entidades locales para acceder a las subvenciones convocadas por el ICAP en materia de formación de su propio personal.

Entre otros aspectos, regula:

  • Las entidades que pueden ser beneficiarias.

  • El objeto de las actuaciones subvencionables.

  • La cuantía y el crédito disponible.

  • El plazo y la forma de presentación de solicitudes.

  • La remisión a las bases reguladoras y el procedimiento de concesión.

Su finalidad es garantizar la transparencia, la igualdad de oportunidades y la correcta gestión de los fondos públicos destinados a la formación.

Entidades Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, como promotores de los planes de formación y de acuerdo con lo establecido en el AFEDAP, los ayuntamientos y cabildos de Canarias.

La convocatoria se enmarca en el desarrollo del propio Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, de 19 de julio de 2013, que constituye la referencia para la formación continua de los empleados públicos.

Objeto: planes unitarios de formación

El objeto de la convocatoria lo constituyen los planes unitarios de formación de los empleados públicos, promovidos y aprobados por las entidades locales beneficiarias.

Se entienden por planes unitarios aquellas actividades formativas de las corporaciones locales que se caracterizan por afectar al personal de una sola administración con al menos 200 empleados públicos, independientemente de las unidades y órganos que incluyan.

De este modo, las entidades locales de mayor dimensión podrán diseñar y ejecutar, con sus propios medios, itinerarios formativos ajustados a las necesidades reales de su plantilla.

Cuantía de la convocatoria

La cuantía total máxima de las subvenciones a adjudicar asciende a 410.413,73 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 4301 921G 450.04, línea de actuación 43400003 (Formación empleados públicos corporaciones locales canarias), Fondo 4043003, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Obligaciones de las Entidades Beneficiarias

Las entidades locales que resulten beneficiarias deberán, conforme a las bases reguladoras:

  • Ejecutar los planes de formación aprobados.

  • Justificar adecuadamente los gastos realizados.

  • Cumplir los plazos establecidos.

  • Facilitar las labores de seguimiento y control.

El abono de la subvención se efectuará en la forma prevista en la base 21 de las bases reguladoras.

Una herramienta para fortalecer la administración local

La aprobación de esta convocatoria consolida la apuesta del Gobierno de Canarias, a través del ICAP, por una administración local más profesional, cualificada y preparada para responder a los retos de la gestión pública.

A través de este crédito de más de 410.000 euros, los cabildos y ayuntamientos podrán impulsar planes de formación que mejoren las competencias de su personal, contribuyendo a unos servicios públicos más eficaces y a una administración más cercana a la ciudadanía.

Desde OCIDE colaboramos con administraciones públicas en el diseño, gestión, justificación y ejecución de planes de formación y proyectos financiados con fondos públicos, contribuyendo a transformar estas convocatorias en oportunidades reales de mejora para las entidades locales y su personal.

Consulta adicional

¿Quieres saber más? El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS Identif.: 915615):

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/915615
Ver más

Datos prácticos de la convocatoria:

  • Cuantía total máxima: 410.413,73 €, con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  • Plazo de presentación: 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Canarias.

  • Presentación de solicitudes: exclusivamente a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, en el enlace habilitado al efecto: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/6641

  • Bases reguladoras: Orden de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia e Igualdad, de 22 de julio de 2022 (BOC nº 152, de 2 de agosto de 2022), sin perjuicio de la aplicación del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

Desde OCIDE podemos ayudarte a diseñar el plan unitario de formación, preparar la documentación exigida y gestionar la presentación en plazo. Contacta con nosotros para más información.

El Boletín Oficial de Canarias (BOC nº 135, de 7 de julio de 2026) publica el extracto de la Resolución de 24 de junio de 2026, del Director del Instituto Canario de Administraciones Públicas (ICAP), por la que se convocan subvenciones a los cabildos, ayuntamientos y demás entidades locales, correspondientes al ejercicio 2026, para la formación de su personal y con sus medios propios, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP).

Esta convocatoria constituye el marco de ayudas dirigido a impulsar los planes unitarios de formación de los empleados públicos de las corporaciones locales, estableciendo los beneficiarios, el objeto de las actuaciones, la cuantía y los requisitos que deberán cumplir los solicitantes.

La publicación supone un paso importante para reforzar la cualificación del personal al servicio de las administraciones locales de Canarias, favoreciendo una gestión pública más profesional, eficaz y adaptada a las necesidades del territorio.

Lo Más Importante

  • Entidad responsable: Instituto Canario de Administraciones Públicas (ICAP) — Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.

  • Beneficiarios: Ayuntamientos y Cabildos de Canarias, como promotores de los planes de formación.

  • Cuantía total máxima: 410.413,73 €.

  • Marco de referencia: Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP).

  • Plazo de solicitud: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC.

  • Identificador BDNS: 915615.

¿Qué regula esta convocatoria?

El extracto establece las condiciones que deberán cumplir las entidades locales para acceder a las subvenciones convocadas por el ICAP en materia de formación de su propio personal.

Entre otros aspectos, regula:

  • Las entidades que pueden ser beneficiarias.

  • El objeto de las actuaciones subvencionables.

  • La cuantía y el crédito disponible.

  • El plazo y la forma de presentación de solicitudes.

  • La remisión a las bases reguladoras y el procedimiento de concesión.

Su finalidad es garantizar la transparencia, la igualdad de oportunidades y la correcta gestión de los fondos públicos destinados a la formación.

Entidades Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, como promotores de los planes de formación y de acuerdo con lo establecido en el AFEDAP, los ayuntamientos y cabildos de Canarias.

La convocatoria se enmarca en el desarrollo del propio Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, de 19 de julio de 2013, que constituye la referencia para la formación continua de los empleados públicos.

Objeto: planes unitarios de formación

El objeto de la convocatoria lo constituyen los planes unitarios de formación de los empleados públicos, promovidos y aprobados por las entidades locales beneficiarias.

Se entienden por planes unitarios aquellas actividades formativas de las corporaciones locales que se caracterizan por afectar al personal de una sola administración con al menos 200 empleados públicos, independientemente de las unidades y órganos que incluyan.

De este modo, las entidades locales de mayor dimensión podrán diseñar y ejecutar, con sus propios medios, itinerarios formativos ajustados a las necesidades reales de su plantilla.

Cuantía de la convocatoria

La cuantía total máxima de las subvenciones a adjudicar asciende a 410.413,73 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 4301 921G 450.04, línea de actuación 43400003 (Formación empleados públicos corporaciones locales canarias), Fondo 4043003, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Obligaciones de las Entidades Beneficiarias

Las entidades locales que resulten beneficiarias deberán, conforme a las bases reguladoras:

  • Ejecutar los planes de formación aprobados.

  • Justificar adecuadamente los gastos realizados.

  • Cumplir los plazos establecidos.

  • Facilitar las labores de seguimiento y control.

El abono de la subvención se efectuará en la forma prevista en la base 21 de las bases reguladoras.

Una herramienta para fortalecer la administración local

La aprobación de esta convocatoria consolida la apuesta del Gobierno de Canarias, a través del ICAP, por una administración local más profesional, cualificada y preparada para responder a los retos de la gestión pública.

A través de este crédito de más de 410.000 euros, los cabildos y ayuntamientos podrán impulsar planes de formación que mejoren las competencias de su personal, contribuyendo a unos servicios públicos más eficaces y a una administración más cercana a la ciudadanía.

Desde OCIDE colaboramos con administraciones públicas en el diseño, gestión, justificación y ejecución de planes de formación y proyectos financiados con fondos públicos, contribuyendo a transformar estas convocatorias en oportunidades reales de mejora para las entidades locales y su personal.

Consulta adicional

¿Quieres saber más? El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS Identif.: 915615):

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/915615
Ver más

Datos prácticos de la convocatoria:

  • Cuantía total máxima: 410.413,73 €, con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  • Plazo de presentación: 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Canarias.

  • Presentación de solicitudes: exclusivamente a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, en el enlace habilitado al efecto: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/6641

  • Bases reguladoras: Orden de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia e Igualdad, de 22 de julio de 2022 (BOC nº 152, de 2 de agosto de 2022), sin perjuicio de la aplicación del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

Desde OCIDE podemos ayudarte a diseñar el plan unitario de formación, preparar la documentación exigida y gestionar la presentación en plazo. Contacta con nosotros para más información.