Subvenciones y Ayudas para Administraciones

Canarias aprueba las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar los mercados y mercadillos tradicionales (2026)

Canarias aprueba las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar los mercados y mercadillos tradicionales (2026)

Canarias aprueba las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar los mercados y mercadillos tradicionales (2026)

21 jul 2026

21 jul 2026

21 jul 2026

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El Boletín Oficial de Canarias publica hoy la Orden de 9 de julio de 2026, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al impulso y potenciación de los mercados y mercadillos tradicionales de Canarias.

No se trata de una convocatoria puntual, sino del marco normativo de vigencia indefinida sobre el que se apoyarán las futuras convocatorias de ayudas. Es decir, las reglas de juego con las que ayuntamientos, mancomunidades y entidades gestoras podrán financiar la reforma, ampliación, construcción y dinamización de sus mercados durante los próximos años.

La Orden deroga las bases de 2020 (y sus modificaciones de 2021 y 2024), actualizando un instrumento que el Gobierno de Canarias viene utilizando para apoyar a estos equipamientos desde 2008.

Lo más importante

  • Entidad responsable: Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos del Gobierno de Canarias.

  • Norma: Orden de 9 de julio de 2026 (BOC nº 145, de 21 de julio de 2026).

  • Régimen de concesión: concurrencia competitiva.

  • Beneficiarios: ayuntamientos, mancomunidades, entidades gestoras autorizadas y federaciones o agrupaciones de organismos de gestión con personalidad jurídica propia.

  • Dos líneas de ayuda: obra estructural (Línea I) y mejora/dinamización (Línea II).

  • Intensidad máxima: hasta el 75% del coste subvencionable.

  • Vigencia: indefinida; entra en vigor al día siguiente de su publicación.

Por qué importan los mercados tradicionales

El preámbulo de la Orden es explícito sobre el valor de estos espacios: no son solo puntos de venta, sino motores de cohesión social, identidad cultural y desarrollo económico sostenible. Las bases los defienden como principal canal de comercialización del producto local clave para la supervivencia del sector primario canario, como referentes del consumo de kilómetro cero y la economía circular, y como atractivo turístico que permite experimentar la gastronomía y la cultura de forma auténtica.

Hay además un dato que explica la urgencia de modernizarlos: más del 95% de las empresas comerciales de Canarias son micropymes. Los mercados son, por tanto, infraestructuras críticas para sostener el tejido empresarial local, y el gran desafío pendiente es su digitalización y modernización para atraer a un público más joven.

Las dos líneas de subvención

Una de las novedades de estas bases es la separación clara en dos líneas con lógicas distintas:

Línea I – Rehabilitación, reforma, ampliación o nueva construcción. Cubre la inversión estructural: obra civil e instalaciones (mejora de accesibilidad universal, protección contra incendios, eficiencia energética, iluminación LED, climatización), ampliación de superficie de venta, nueva edificación, honorarios técnicos (proyectos, estudios geotécnicos, direcciones facultativas) y equipamiento fijo como cámaras frigoríficas o sistemas de control de accesos. La subvención puede alcanzar hasta el 75% del coste subvencionable, con un máximo de 300.000 € por anualidad, y esta línea concentrará hasta el 75% de cada convocatoria.

Línea II – Mejora de los mercados y mercadillos. Cubre pequeñas obras de mejora (accesibilidad, seguridad, zonas de sombra), renovación de imagen (señalética, rotulación, mobiliario, zonas verdes), la creación de unidades gerenciales —contratación de personal de gerencia para dinamizar el mercado, incentivable hasta el 85% del coste bruto— y las actuaciones de dinamización y promoción (campañas en medios, folletos, web, pantallas de información, actividades para atraer clientela). El porcentaje máximo también es del 75%, con límites según el tamaño del municipio.

Cuánto se puede recibir en la Línea II

Los topes se escalan por población:

  • Municipios de hasta 30.000 habitantes: máximo 30.000 €.

  • Entre 30.001 y 60.000 habitantes: máximo 45.000 €.

  • Entre 60.001 y 100.000 habitantes: máximo 60.000 €.

  • Más de 100.000 habitantes: máximo 80.000 €.

Existe además una previsión especial para los municipios más pequeños: se puede subvencionar hasta el 100% del proyecto cuando este no supere los 15.000 €, se ubique en un municipio de menos de 15.000 habitantes y se acredite la carencia de recursos para acometerlo. Cada entidad solo podrá ser beneficiaria de una única subvención por convocatoria.

Compromisos y obligaciones de las entidades

Recibir la ayuda implica mantener el destino de la infraestructura durante un periodo mínimo: 10 años para nueva construcción, ampliación o rehabilitación integral con obra civil relevante, y 5 años para reformas parciales o adquisición de equipamiento fijo.

Las entidades beneficiarias deberán ejecutar el proyecto conforme a lo aprobado, justificar técnica y económicamente cada actuación, someterse a los controles del órgano concedente y de los organismos nacionales y comunitarios, comunicar cualquier otra ayuda concurrente y acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Cómo y cuándo se solicita

Las bases fijan el procedimiento, pero los plazos concretos se establecerán en cada convocatoria. La presentación será obligatoriamente telemática, a través del aplicativo de gestión en la sede electrónica de la Consejería, con certificado digital. La documentación esencial incluye la memoria técnica, el presupuesto o plan financiero y la acreditación del título jurídico sobre el inmueble; su ausencia determina la exclusión de la solicitud.

Las convocatorias podrán ser abiertas y de carácter plurianual (hasta dos anualidades), lo que permite trasvasar fondos no empleados al siguiente periodo.

Un instrumento para fortalecer el comercio de proximidad

La aprobación de estas bases consolida la apuesta del Gobierno de Canarias por unos mercados más modernos, accesibles y competitivos, capaces de sostener el producto local y el empleo de proximidad. Para los ayuntamientos y entidades gestoras, es el momento de empezar a preparar proyectos: definir prioridades, redactar memorias técnicas y cuadrar presupuestos, para llegar a la próxima convocatoria con la documentación lista.

En Ocide colaboramos con administraciones públicas y entidades locales en el diseño, la gestión y la dinamización de proyectos, ayudando a transformar los marcos de ayudas en oportunidades reales para el territorio y la ciudadanía. Si tu municipio gestiona un mercado o mercadillo tradicional y quiere aprovechar esta línea, este es el momento de hablar.

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El Boletín Oficial de Canarias publica hoy la Orden de 9 de julio de 2026, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al impulso y potenciación de los mercados y mercadillos tradicionales de Canarias.

No se trata de una convocatoria puntual, sino del marco normativo de vigencia indefinida sobre el que se apoyarán las futuras convocatorias de ayudas. Es decir, las reglas de juego con las que ayuntamientos, mancomunidades y entidades gestoras podrán financiar la reforma, ampliación, construcción y dinamización de sus mercados durante los próximos años.

La Orden deroga las bases de 2020 (y sus modificaciones de 2021 y 2024), actualizando un instrumento que el Gobierno de Canarias viene utilizando para apoyar a estos equipamientos desde 2008.

Lo más importante

  • Entidad responsable: Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos del Gobierno de Canarias.

  • Norma: Orden de 9 de julio de 2026 (BOC nº 145, de 21 de julio de 2026).

  • Régimen de concesión: concurrencia competitiva.

  • Beneficiarios: ayuntamientos, mancomunidades, entidades gestoras autorizadas y federaciones o agrupaciones de organismos de gestión con personalidad jurídica propia.

  • Dos líneas de ayuda: obra estructural (Línea I) y mejora/dinamización (Línea II).

  • Intensidad máxima: hasta el 75% del coste subvencionable.

  • Vigencia: indefinida; entra en vigor al día siguiente de su publicación.

Por qué importan los mercados tradicionales

El preámbulo de la Orden es explícito sobre el valor de estos espacios: no son solo puntos de venta, sino motores de cohesión social, identidad cultural y desarrollo económico sostenible. Las bases los defienden como principal canal de comercialización del producto local clave para la supervivencia del sector primario canario, como referentes del consumo de kilómetro cero y la economía circular, y como atractivo turístico que permite experimentar la gastronomía y la cultura de forma auténtica.

Hay además un dato que explica la urgencia de modernizarlos: más del 95% de las empresas comerciales de Canarias son micropymes. Los mercados son, por tanto, infraestructuras críticas para sostener el tejido empresarial local, y el gran desafío pendiente es su digitalización y modernización para atraer a un público más joven.

Las dos líneas de subvención

Una de las novedades de estas bases es la separación clara en dos líneas con lógicas distintas:

Línea I – Rehabilitación, reforma, ampliación o nueva construcción. Cubre la inversión estructural: obra civil e instalaciones (mejora de accesibilidad universal, protección contra incendios, eficiencia energética, iluminación LED, climatización), ampliación de superficie de venta, nueva edificación, honorarios técnicos (proyectos, estudios geotécnicos, direcciones facultativas) y equipamiento fijo como cámaras frigoríficas o sistemas de control de accesos. La subvención puede alcanzar hasta el 75% del coste subvencionable, con un máximo de 300.000 € por anualidad, y esta línea concentrará hasta el 75% de cada convocatoria.

Línea II – Mejora de los mercados y mercadillos. Cubre pequeñas obras de mejora (accesibilidad, seguridad, zonas de sombra), renovación de imagen (señalética, rotulación, mobiliario, zonas verdes), la creación de unidades gerenciales —contratación de personal de gerencia para dinamizar el mercado, incentivable hasta el 85% del coste bruto— y las actuaciones de dinamización y promoción (campañas en medios, folletos, web, pantallas de información, actividades para atraer clientela). El porcentaje máximo también es del 75%, con límites según el tamaño del municipio.

Cuánto se puede recibir en la Línea II

Los topes se escalan por población:

  • Municipios de hasta 30.000 habitantes: máximo 30.000 €.

  • Entre 30.001 y 60.000 habitantes: máximo 45.000 €.

  • Entre 60.001 y 100.000 habitantes: máximo 60.000 €.

  • Más de 100.000 habitantes: máximo 80.000 €.

Existe además una previsión especial para los municipios más pequeños: se puede subvencionar hasta el 100% del proyecto cuando este no supere los 15.000 €, se ubique en un municipio de menos de 15.000 habitantes y se acredite la carencia de recursos para acometerlo. Cada entidad solo podrá ser beneficiaria de una única subvención por convocatoria.

Compromisos y obligaciones de las entidades

Recibir la ayuda implica mantener el destino de la infraestructura durante un periodo mínimo: 10 años para nueva construcción, ampliación o rehabilitación integral con obra civil relevante, y 5 años para reformas parciales o adquisición de equipamiento fijo.

Las entidades beneficiarias deberán ejecutar el proyecto conforme a lo aprobado, justificar técnica y económicamente cada actuación, someterse a los controles del órgano concedente y de los organismos nacionales y comunitarios, comunicar cualquier otra ayuda concurrente y acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Cómo y cuándo se solicita

Las bases fijan el procedimiento, pero los plazos concretos se establecerán en cada convocatoria. La presentación será obligatoriamente telemática, a través del aplicativo de gestión en la sede electrónica de la Consejería, con certificado digital. La documentación esencial incluye la memoria técnica, el presupuesto o plan financiero y la acreditación del título jurídico sobre el inmueble; su ausencia determina la exclusión de la solicitud.

Las convocatorias podrán ser abiertas y de carácter plurianual (hasta dos anualidades), lo que permite trasvasar fondos no empleados al siguiente periodo.

Un instrumento para fortalecer el comercio de proximidad

La aprobación de estas bases consolida la apuesta del Gobierno de Canarias por unos mercados más modernos, accesibles y competitivos, capaces de sostener el producto local y el empleo de proximidad. Para los ayuntamientos y entidades gestoras, es el momento de empezar a preparar proyectos: definir prioridades, redactar memorias técnicas y cuadrar presupuestos, para llegar a la próxima convocatoria con la documentación lista.

En Ocide colaboramos con administraciones públicas y entidades locales en el diseño, la gestión y la dinamización de proyectos, ayudando a transformar los marcos de ayudas en oportunidades reales para el territorio y la ciudadanía. Si tu municipio gestiona un mercado o mercadillo tradicional y quiere aprovechar esta línea, este es el momento de hablar.

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