Subvenciones y Ayudas para Administraciones

Subvenciones a Ayuntamientos de Tenerife para la Organización de Ferias Municipales de Artesanía (2026)

Subvenciones a Ayuntamientos de Tenerife para la Organización de Ferias Municipales de Artesanía (2026)

Subvenciones a Ayuntamientos de Tenerife para la Organización de Ferias Municipales de Artesanía (2026)

18 feb 2026

18 feb 2026

18 feb 2026

person holding white ceramic bowl
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El Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife publica el extracto de la Resolución R0000120011, de 10 de febrero de 2026, del Consejero Insular de Empleo, Educación y Juventud, por la que se convocan Subvenciones a los Ayuntamientos de la isla de Tenerife para la realización de Ferias Municipales de Artesanía durante el ejercicio 2026.

Esta línea de ayudas tiene como finalidad fomentar la comercialización y promoción de la producción artesana local mediante la organización de eventos específicos en los distintos municipios de la isla.

Lo Más Importante

  • Entidad convocante: Cabildo Insular de Tenerife

  • Área responsable: Consejería Insular de Empleo, Educación y Juventud

  • Ámbito territorial: Isla de Tenerife

  • Régimen: Concurrencia competitiva

  • Presupuesto total: 100.000 €

  • Importe máximo por solicitud: 10.000 €

  • Porcentaje máximo subvencionable: 70% del coste total de la actividad

  • Plazo de solicitud: 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOP

  • Tramitación: Exclusivamente a través de la sede electrónica del Cabildo

    https://sede.tenerife.es
  • BDNS: 885102 


Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios los Ayuntamientos de la isla de Tenerife que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Objeto de la Convocatoria

Organización de Ferias Municipales de Artesanía que se celebren durante el ejercicio presupuestario 2026, como medida de:

  • Fomento de la actividad artesanal local.

  • Promoción de la comercialización de productos artesanos.

  • Apoyo al tejido productivo tradicional de la isla.

Requisitos de las Ferias Subvencionables

Para que un evento tenga la consideración de Feria de Artesanía deberá cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Celebrarse como actividad específica e independiente de promoción artesanal.

  • Tener una duración mínima de 1 día, con al menos 6 horas por jornada.

  • Contar con un espacio delimitado, con accesos adecuados, aparcamiento y servicios básicos.

  • Disponer de puestos individualizados de al menos 4 m² por expositor.

  • Participación mínima de 20 artesanos acreditados, en posesión del carné expedido por el Cabildo de Tenerife y en vigor.

  • La participación de productos alimentarios autóctonos no podrá superar el 25% del total de expositores.

  • Señalización clara del recinto y delimitación del espacio ferial.

  • Inclusión del patrocinio del Cabildo en la cartelería cuando proceda.

Compatibilidad de las Ayudas

Las subvenciones son compatibles con otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que:

  • No se supere el coste total de la actividad.

  • La suma de subvenciones no exceda el gasto total subvencionable.

Justificación

El plazo para presentar la documentación justificativa será de 2 meses, computándose:

  • Desde la publicación de la resolución de concesión si la feria ya se celebró.

  • Desde la fecha de finalización del evento si aún no se había celebrado en el momento de la concesión.

La documentación justificativa será la indicada en el Anexo III de las Bases Reguladoras.

Consulta Adicional

  • Publicación oficial: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 21, de 18 de febrero de 2026 

  • Tramitación electrónica:

    https://sede.tenerife.es
  • Texto completo: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS 885102)


El Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife publica el extracto de la Resolución R0000120011, de 10 de febrero de 2026, del Consejero Insular de Empleo, Educación y Juventud, por la que se convocan Subvenciones a los Ayuntamientos de la isla de Tenerife para la realización de Ferias Municipales de Artesanía durante el ejercicio 2026.

Esta línea de ayudas tiene como finalidad fomentar la comercialización y promoción de la producción artesana local mediante la organización de eventos específicos en los distintos municipios de la isla.

Lo Más Importante

  • Entidad convocante: Cabildo Insular de Tenerife

  • Área responsable: Consejería Insular de Empleo, Educación y Juventud

  • Ámbito territorial: Isla de Tenerife

  • Régimen: Concurrencia competitiva

  • Presupuesto total: 100.000 €

  • Importe máximo por solicitud: 10.000 €

  • Porcentaje máximo subvencionable: 70% del coste total de la actividad

  • Plazo de solicitud: 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOP

  • Tramitación: Exclusivamente a través de la sede electrónica del Cabildo

    https://sede.tenerife.es
  • BDNS: 885102 


Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios los Ayuntamientos de la isla de Tenerife que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Objeto de la Convocatoria

Organización de Ferias Municipales de Artesanía que se celebren durante el ejercicio presupuestario 2026, como medida de:

  • Fomento de la actividad artesanal local.

  • Promoción de la comercialización de productos artesanos.

  • Apoyo al tejido productivo tradicional de la isla.

Requisitos de las Ferias Subvencionables

Para que un evento tenga la consideración de Feria de Artesanía deberá cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Celebrarse como actividad específica e independiente de promoción artesanal.

  • Tener una duración mínima de 1 día, con al menos 6 horas por jornada.

  • Contar con un espacio delimitado, con accesos adecuados, aparcamiento y servicios básicos.

  • Disponer de puestos individualizados de al menos 4 m² por expositor.

  • Participación mínima de 20 artesanos acreditados, en posesión del carné expedido por el Cabildo de Tenerife y en vigor.

  • La participación de productos alimentarios autóctonos no podrá superar el 25% del total de expositores.

  • Señalización clara del recinto y delimitación del espacio ferial.

  • Inclusión del patrocinio del Cabildo en la cartelería cuando proceda.

Compatibilidad de las Ayudas

Las subvenciones son compatibles con otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que:

  • No se supere el coste total de la actividad.

  • La suma de subvenciones no exceda el gasto total subvencionable.

Justificación

El plazo para presentar la documentación justificativa será de 2 meses, computándose:

  • Desde la publicación de la resolución de concesión si la feria ya se celebró.

  • Desde la fecha de finalización del evento si aún no se había celebrado en el momento de la concesión.

La documentación justificativa será la indicada en el Anexo III de las Bases Reguladoras.

Consulta Adicional

  • Publicación oficial: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 21, de 18 de febrero de 2026 

  • Tramitación electrónica:

    https://sede.tenerife.es
  • Texto completo: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS 885102)


El Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife publica el extracto de la Resolución R0000120011, de 10 de febrero de 2026, del Consejero Insular de Empleo, Educación y Juventud, por la que se convocan Subvenciones a los Ayuntamientos de la isla de Tenerife para la realización de Ferias Municipales de Artesanía durante el ejercicio 2026.

Esta línea de ayudas tiene como finalidad fomentar la comercialización y promoción de la producción artesana local mediante la organización de eventos específicos en los distintos municipios de la isla.

Lo Más Importante

  • Entidad convocante: Cabildo Insular de Tenerife

  • Área responsable: Consejería Insular de Empleo, Educación y Juventud

  • Ámbito territorial: Isla de Tenerife

  • Régimen: Concurrencia competitiva

  • Presupuesto total: 100.000 €

  • Importe máximo por solicitud: 10.000 €

  • Porcentaje máximo subvencionable: 70% del coste total de la actividad

  • Plazo de solicitud: 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOP

  • Tramitación: Exclusivamente a través de la sede electrónica del Cabildo

    https://sede.tenerife.es
  • BDNS: 885102 


Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios los Ayuntamientos de la isla de Tenerife que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Objeto de la Convocatoria

Organización de Ferias Municipales de Artesanía que se celebren durante el ejercicio presupuestario 2026, como medida de:

  • Fomento de la actividad artesanal local.

  • Promoción de la comercialización de productos artesanos.

  • Apoyo al tejido productivo tradicional de la isla.

Requisitos de las Ferias Subvencionables

Para que un evento tenga la consideración de Feria de Artesanía deberá cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Celebrarse como actividad específica e independiente de promoción artesanal.

  • Tener una duración mínima de 1 día, con al menos 6 horas por jornada.

  • Contar con un espacio delimitado, con accesos adecuados, aparcamiento y servicios básicos.

  • Disponer de puestos individualizados de al menos 4 m² por expositor.

  • Participación mínima de 20 artesanos acreditados, en posesión del carné expedido por el Cabildo de Tenerife y en vigor.

  • La participación de productos alimentarios autóctonos no podrá superar el 25% del total de expositores.

  • Señalización clara del recinto y delimitación del espacio ferial.

  • Inclusión del patrocinio del Cabildo en la cartelería cuando proceda.

Compatibilidad de las Ayudas

Las subvenciones son compatibles con otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que:

  • No se supere el coste total de la actividad.

  • La suma de subvenciones no exceda el gasto total subvencionable.

Justificación

El plazo para presentar la documentación justificativa será de 2 meses, computándose:

  • Desde la publicación de la resolución de concesión si la feria ya se celebró.

  • Desde la fecha de finalización del evento si aún no se había celebrado en el momento de la concesión.

La documentación justificativa será la indicada en el Anexo III de las Bases Reguladoras.

Consulta Adicional

  • Publicación oficial: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 21, de 18 de febrero de 2026 

  • Tramitación electrónica:

    https://sede.tenerife.es
  • Texto completo: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS 885102)