Subvenciones y Ayudas para Administraciones

Subvenciones 2025 de Emergencia Social Habitacional para Ayuntamientos de Tenerife

Subvenciones 2025 de Emergencia Social Habitacional para Ayuntamientos de Tenerife

Subvenciones 2025 de Emergencia Social Habitacional para Ayuntamientos de Tenerife

14 may 2025

14 may 2025

14 may 2025

Juvenil
Juvenil
Juvenil

El Cabildo de Tenerife ha publicado la convocatoria oficial de las Subvenciones de emergencia social habitacional para los ayuntamientos de la isla y sus entidades públicas dependientes, con el objetivo de prevenir desahucios y atender situaciones de vulnerabilidad habitacional durante el ejercicio 2025. Esta medida se enmarca dentro de las políticas insulares de apoyo a los servicios sociales municipales.

Lo Más Importante

  • Objetivo: Financiar acciones municipales dirigidas a prevenir procedimientos de desahucio de la vivienda habitual o, una vez producidos, afrontar situaciones de emergencia social habitacional.

  • Beneficiarios: Ayuntamientos de Tenerife o sus entidades públicas dependientes con competencia en servicios sociales.

  • Presupuesto Total: 500.000 euros.

  • Plazo de Solicitud: 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (14 de mayo de 2025).

  • Presentación: A través de la sede electrónica del Cabildo:

    https://sede.tenerife.es

Ámbitos de Actuación Subvencionables

  • Apoyo para gastos de alquiler, cesión de uso o cualquier régimen de ocupación legal.

  • Pago de cuotas hipotecarias de viviendas habituales.

  • Alojamiento alternativo en pensiones, hostales u hoteles.

Distribución de la Subvención

  • 200.000 € se reparten de forma lineal entre todos los ayuntamientos solicitantes que cumplan los requisitos.

  • 300.000 € se reparten proporcionalmente al número de informes de vulnerabilidad por desahucio emitidos por cada ayuntamiento en el último año.

Gastos No Subvencionables

  • Intereses bancarios, sanciones o procedimientos judiciales.

  • Gastos no directamente relacionados con la emergencia social habitacional.

Requisitos y Condiciones

  • La solicitud debe ir acompañada del modelo oficial y certificación del Secretario/a del ayuntamiento.

  • Las entidades deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no tener subvenciones pendientes de justificar.

  • Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, salvo con otras procedentes del propio Cabildo de Tenerife.

Periodo de Ejecución y Justificación

  • Ejecución: Del 1 de junio de 2025 al 31 de agosto de 2026.

  • Justificación: Del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2026.

Consulta Adicional

El Cabildo de Tenerife ha publicado la convocatoria oficial de las Subvenciones de emergencia social habitacional para los ayuntamientos de la isla y sus entidades públicas dependientes, con el objetivo de prevenir desahucios y atender situaciones de vulnerabilidad habitacional durante el ejercicio 2025. Esta medida se enmarca dentro de las políticas insulares de apoyo a los servicios sociales municipales.

Lo Más Importante

  • Objetivo: Financiar acciones municipales dirigidas a prevenir procedimientos de desahucio de la vivienda habitual o, una vez producidos, afrontar situaciones de emergencia social habitacional.

  • Beneficiarios: Ayuntamientos de Tenerife o sus entidades públicas dependientes con competencia en servicios sociales.

  • Presupuesto Total: 500.000 euros.

  • Plazo de Solicitud: 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (14 de mayo de 2025).

  • Presentación: A través de la sede electrónica del Cabildo:

    https://sede.tenerife.es

Ámbitos de Actuación Subvencionables

  • Apoyo para gastos de alquiler, cesión de uso o cualquier régimen de ocupación legal.

  • Pago de cuotas hipotecarias de viviendas habituales.

  • Alojamiento alternativo en pensiones, hostales u hoteles.

Distribución de la Subvención

  • 200.000 € se reparten de forma lineal entre todos los ayuntamientos solicitantes que cumplan los requisitos.

  • 300.000 € se reparten proporcionalmente al número de informes de vulnerabilidad por desahucio emitidos por cada ayuntamiento en el último año.

Gastos No Subvencionables

  • Intereses bancarios, sanciones o procedimientos judiciales.

  • Gastos no directamente relacionados con la emergencia social habitacional.

Requisitos y Condiciones

  • La solicitud debe ir acompañada del modelo oficial y certificación del Secretario/a del ayuntamiento.

  • Las entidades deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no tener subvenciones pendientes de justificar.

  • Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, salvo con otras procedentes del propio Cabildo de Tenerife.

Periodo de Ejecución y Justificación

  • Ejecución: Del 1 de junio de 2025 al 31 de agosto de 2026.

  • Justificación: Del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2026.

Consulta Adicional

El Cabildo de Tenerife ha publicado la convocatoria oficial de las Subvenciones de emergencia social habitacional para los ayuntamientos de la isla y sus entidades públicas dependientes, con el objetivo de prevenir desahucios y atender situaciones de vulnerabilidad habitacional durante el ejercicio 2025. Esta medida se enmarca dentro de las políticas insulares de apoyo a los servicios sociales municipales.

Lo Más Importante

  • Objetivo: Financiar acciones municipales dirigidas a prevenir procedimientos de desahucio de la vivienda habitual o, una vez producidos, afrontar situaciones de emergencia social habitacional.

  • Beneficiarios: Ayuntamientos de Tenerife o sus entidades públicas dependientes con competencia en servicios sociales.

  • Presupuesto Total: 500.000 euros.

  • Plazo de Solicitud: 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (14 de mayo de 2025).

  • Presentación: A través de la sede electrónica del Cabildo:

    https://sede.tenerife.es

Ámbitos de Actuación Subvencionables

  • Apoyo para gastos de alquiler, cesión de uso o cualquier régimen de ocupación legal.

  • Pago de cuotas hipotecarias de viviendas habituales.

  • Alojamiento alternativo en pensiones, hostales u hoteles.

Distribución de la Subvención

  • 200.000 € se reparten de forma lineal entre todos los ayuntamientos solicitantes que cumplan los requisitos.

  • 300.000 € se reparten proporcionalmente al número de informes de vulnerabilidad por desahucio emitidos por cada ayuntamiento en el último año.

Gastos No Subvencionables

  • Intereses bancarios, sanciones o procedimientos judiciales.

  • Gastos no directamente relacionados con la emergencia social habitacional.

Requisitos y Condiciones

  • La solicitud debe ir acompañada del modelo oficial y certificación del Secretario/a del ayuntamiento.

  • Las entidades deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no tener subvenciones pendientes de justificar.

  • Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, salvo con otras procedentes del propio Cabildo de Tenerife.

Periodo de Ejecución y Justificación

  • Ejecución: Del 1 de junio de 2025 al 31 de agosto de 2026.

  • Justificación: Del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2026.

Consulta Adicional